Lenguas nacionales: el problema de la validez
- Karen Santiago
- 16 mar 2015
- 4 Min. de lectura

El discurso apologético a la diversidad cultural en México es hegemónico; la celebración y exaltación del patrimonio lingüístico, también. El reconocimiento de la variedad de idiomas existentes en el país es tema de orgullo nacional. En 2008 el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) se dio a la tarea de registrar todas las lenguas indígenas del país y publicó el Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales, donde se reconoce la realidad lingüística de México en tres categorías: 11 familias, 68 agrupaciones y 364 variantes.
La importancia de este registro radica en la presencia y condición de la población indígena del país. Según el Censo de Población y Vivienda 2010, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), estimó una población indígena de 15.7 millones en el país. De esos, 6.6 millones son hablantes de alguna lengua indígena y 9.1 millones no hablan ninguna lengua indígena.
Tal diversidad lingüística se ve amenazada por el poco interés de preservación de la lengua en los estratos más jóvenes. La discriminación es un elemento clave de éste fenómeno. El registro es una tarea ardua e importante, pero cuidarlas lo es aún más. Los esfuerzos de instituciones, organizaciones y lingüistas para defender y fomentar el desarrollo de las lenguas indígenas están lejos de ser una realidad a pesar de que se reconocen en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y en la Ley General de Derechos Lingüísticos (LGDLPI), entre otros.
En México, 19 lenguas indígenas están a punto de desaparecer; todas tienen menos de 100 hablantes: Ayapaneco (4); Chinanteco de Lalana (1), Chinanteco de Petlapa (9), Chinanteco de Sochiapan (2), Chinanteco de Usila (77) y Chinanteco de Valle Nacional (29); Cochimí 88); Ixil (83); Kiliwa (46); Lacandón (20); Mixteco de la costa (27), Mixteco de la zona mazateca (6), Mixteco de Puebla (39); Papabuco (2); Populuca de la sierra (21), Populuca de Oluta (1), Populuca de Texistepec (1); Solteco (10); y Zapoteco del Rincón (1).

El incumplimiento de los derechos individuales y colectivos de la población indígena es, en muchos casos, de naturaleza lingüística. Aunque las lenguas indígenas están consideradas como lenguas nacionales, sólo es de dientes para afuera, pues el monolingüismo –o el hecho de no dominar el español− no está respaldado por el sistema jurídico en términos prácticos. La injusticia y violencia a los derechos humanos se da, en parte, por la poca o nula validez que se le da a las lenguas indígenas que son ubicadas en una posición de desventaja frente al español.
La lengua oficial de un país es diferente de la lengua nacional. Las primeras están explícitamente señaladas en la Constitución, mientras las segundas pueden estar reconocidas o no por el Estado; empero, hay lenguas que se consideran oficiales sin estar avaladas por algún documento oficial y se utilizan de forma cotidiana en la comunicación gubernamental y educativa: el español en México es un ejemplo de lo anterior.
México reconoce como lenguas nacionales a las originarias y también al español, es decir, no hay una lengua oficial. A pesar de que la gran mayoría de su población habla español, las lenguas indígenas tienen la misma validez, así lo reconoce la constitución; sin embargo, la discriminación, vejaciones y abusos en los procedimientos de impartición de justicia están ligados con la falta de intérpretes que hablen y conozcan las lenguas indígenas.
Según el Censo de Población y Vivienda en México de 2010, hay todavía 980, 894 indígenas monolingües para los cuales el acceso a la información y a documentos oficiales básicos, como la Constitución Política, en donde se plantean derechos y obligaciones, que emanan también de diferentes convenciones internacionales, es limitado.
El INALI ha hecho 13 traducciones de la Constitución a diferentes “variantes lingüísticas”, éstas, a su vez, representan a 5 de las 11 familias lingüísticas que reconoce el Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales. No obstante, no advierte que las 11 familias lingüísticas son sumamente generales pues sólo se reconoce y se difunde la existencia de 68 lenguas indígenas −las cuales llama agrupaciones lingüísticas y diferencia del término lengua, a pesar de que en la práctica las difunde como términos intercambiables−.
La contradicción existe a nivel gubernamental: el reconocimiento y difusión de la existencia de 68 lenguas indígenas en el país reduce la validez de las otras 364 que se reconocen sólo como “variantes lingüísticas”, es decir, como mera variante dialectológica, lo cual violenta gravemente los derechos lingüísticos y, por demás políticos, de los demás grupos indígenas.

El artículo 2, fracción VIII de la Constitución Federal y el artículo 10 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas plantea que el Estado debe “apoyar la formación y acreditación profesional de intérpretes y traductores en lenguas indígenas nacionales y español”, esto significa que el Estado debería garantizar un proceso jurídico justo para que personas indígenas puedan expresarse en su propia lengua frente al sistema judicial: de sobra hay ejemplos que muestran lo contrario; más del 80% de presos indígenas están ahí sin saber la causa porque no se les brindó asistencia jurídica de un traductor.
Actualmente el Padrón Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas (PANITLI) tiene registrados 575 intérpretes que se encuentran en diferentes zonas de la República Mexicana. Sólo 575 a nivel nacional para 6.6 millones hablantes de lenguas originarias.
Las variantes lingüísticas son un indicador fehaciente de la gran diversidad lingüística del país. Así pues, deben ser tratadas como lenguas y no como dialectos, por lo menos dentro de las áreas de administración de justicia, educativas, de salud, trámites de carácter público y acceso pleno a la gestión, servicios e información pública.
El reconocimiento jurídico de todas las lenguas indígenas, es fundamental para garantizar el pleno uso de sus derechos y obligaciones. En los servicios médicos es menester reconocer las variantes lingüísticas correspondientes a cada región, de igual forma en la administración pública y espacios públicos. Pues la normalización de las lenguas indígenas nacionales es todavía hoy una utopía.
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